Red Iberoamericana de Reservas Marinas

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Usos

a) PESCA MARÍTIMA PROFESIONAL.Modalidades y condiciones de acceso.

EN AGUAS EXTERIORES Y FUERA DE LA RESERVA INTEGRAL:

Solo se autoriza la pesca marítima profesional de trasmallo y cerco, a las embarcaciones que aparezcan el censo específico publicado por la Secretaría General del Mar. Para poder ser incluidas en el censo específico, las embarcaciones deberán acreditar la habitualidad en la zona. La habitualidad se acreditará mediante los despachos o certificaciones al efecto expedidas por el Secretario de la Cofradía correspondiente.

b) ACTIVIDADES CIENTÍFICAS. Condiciones de acceso.

EN AGUAS EXTERIORES Y FUERA DE LA RESERVA INTEGRAL

Las autorizaciones para su realización se deberán obtener de la Dirección General de Recursos Pesqueros de la Secretaría General del Mar.

c) ACTIVIDADES SUBACUÁTICAS: Modalidades y condiciones de acceso.

EN AGUAS EXTERIORES Y FUERA DE LA RESERVA INTEGRAL

Se permite el buceo autónomo, previa solicitud de autorización en la Dependencia del Área Funcional de Agricultura y Pesca de la Subdelegación del Gobierno en Almería.